El contrato de arrendamiento es un contrato consensual que se perfecciona por el sólo consentimiento de las partes.
Si bien, el contrato de arrendamiento no requiere escrituración, esta se realiza para efectos de probar la existencia del contrato y determinar las causales que lo regirán, el monto del canon de arrendamiento, además de fijar una fecha de celebración del mismo y de su vigencia. Ahora bien, para que dicho contrato se termine, existen diversos motivos, los más usuales son el vencimiento o llegada del plazo estipulado en el contrato y por no pago de las rentas de arrendamiento.
Este post se referirá a la terminación del contrato de arrendamiento por el no pago de las rentas.
La ley exige que, para solicitar la terminación del contrato de arrendamiento es preciso el desahucio, que consiste en la comunicación que efectúa el arrendador de no seguir con el contrato de arrendamiento.
El desahucio se puede realizar de distintas formas, siendo la más usual, que sea a través de carta certificada. Sin embargo, muchas veces el arrendador no notifica el desahucio, en este caso, el desahucio puede ser realizado conjuntamente con la demanda de terminación del contrato de arrendamiento por no pago de rentas.