
Pensión de Alimentos
En términos generales, la pensión de alimentos es la obligación que tienen ambos padres de dar alimentos al niño, niña o adolescente, para que este pueda subsistir modestamente.
De acuerdo con su posición social. Junto al deber de alimentos se encuentra el deber de educación que finaliza con la educación superior. Más adelante se verá que no tan solo los padres, pueden solicitarla.
La ley la ha establecido como aquella donde los padres tienen la facultad de demandar al otro padre una determinada cantidad de dinero.
Se encuentren separados o sea el padre que tenga bajo su cuidado al niño, niña o adolescente.