Respecto a la duración de un juicio de arrendamiento. ¿Es un juicio de tramitación breve?

Respecto a la duración de un juicio de arrendamiento. ¿Es un juicio de tramitación breve?

R: La ley señala que es un juicio sumario, una vez presentada la demanda el tribunal fija fecha de audiencia al quinto día hábil de notificada la demanda. Ésta es una audiencia de conciliación, si no hay conciliación se recibe la causa a prueba, una vez rendida la causa queda para estado de ser fallada. El tribunal generalmente fija un plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la sentencia para hacer el desalojo, pudiendo el demandado por motivos graves solicitar una prórroga hasta por 30 días.